Lo primero, antes de expresar mi preocupación, aunque no sea el tipo más apropiado debido a que no soy ningún experto os cuento un poco de que va el tema. Solvencia II es una normativa iniciada en la Unión Europea para regular las operaciones de compañías aseguradoras. La sana intención que tiene es controlar los riesgos contratados y evitar que no se líe parda. Se estructura en 3 pilares:
- Pilar I: Medir los activos y pasivos financieros de las compañías para calcular las exigencias de capital
- Pilar II: Definir una estructura en la organización para supervisar los procesos
- Pilar III: Mantenimiento de los pilares anteriores y creación de unos mecanismos que faciliten la supervisión
En estos pilares es donde se sustenta este marco regulatorio. Podemos decir que se trata de cuantificar el riesgo, crear una cultura dentro de la organización y facilitar la labor de reguladores y agencias de calificación [para que hagan la de Lehman Brothers y todavía las sigamos tomando en serio]. La medición de un impacto cuantitativo QIS (Quantitative Impact Study) nos va a permitir definir unas herramientas cualitativas que ajustan correctamente los riesgos. Y cuando empleamos el término riesgos no hay que referirse sólo al propio riesgo actuarial, tendremos en cuenta:
- El riesgo actuarial: que es el propio del objeto asegurado
- El riesgo de mercado: que es el riesgo debido a los problemas en mercados financieros (a qué os suena)
- El riesgo de crédito: riesgo que nos mide el incumplimiento de las obligaciones contractuales, falta de pago principalmente
- El riesgo operacional: es el derivado de la actividad que desarrolla la aseguradora principalmente son errores técnicos y humanos
Imagino que también se ha de analizar el riesgo de tipo de cambio (¿dentro del riesgo de mercado?) o el riesgo de masas tan importante tras la primavera árabe. Esto es lo que, a muy grandes rasgos, describe el marco de Solvencia II. Si hay alguna barbaridad escrita, mil perdones y corregidlo.
Solvencia II es positivo para el sector pero, bajo mi punto de vista, no todas las entidades aseguradoras pueden afrontar los cambios que suponen su entrada en vigor. Y por ello esperaba más fusiones como la de Adeslas con la Mutua pero esto no está sucediendo. En un reciente estudio everis exponía que sólo un 15% de las aseguradoras encuestadas estaría en condiciones de cumplir los requisitos del Solvencia II en 2013. Y este dato será mayor en compañías pequeñas. Pero no se nota tensión en el sector asegurador, no hay fusiones, no hay compras, ¿qué está pasando? En el sector bancario si se nota más esta tensión ante cambios normativos. Preocupa esa falta de preocupación.
No tengo claro el calendario de implantación de Solvencia II (¿2013 ó 2014?) pero si parece que llegamos tarde. Tendrán que preparar una moratoria. Además es muy complicado valorar las carteras de Vida en la situación actual con crisis de deuda en España e Italia ya que son las aseguradoras las que invierten esas rentas de Vida en deuda soberana ¿cómo valoras esas rentas con la que está cayendo? Mucho me temo que tendrán que fijar otra fecha para implantar el marco regulatorio o no será posible porque las cuentas no salen y parece que todo el sector lo tiene claro y pretende seguir funcionando como si no existieran los plazos. Al final como decía aquel “La Vida Sigue Igual”.
Nadie se lo toma en serio porque van dos o tres moratorias y contando. Yo trabajé en un proyecto de cálculo de capital económico para una gran aseguradora y era urgente tenerlo (en 2008) para cuando se implantara en 2010-2011 (va a ser que no), así que … expectativas racionales o ¿para qué asumir inversiones/gastos con la que está cayendo si no se sabe cuando habrá que cumplir de verdad?
Si no se impone el cumplimiento de normas (de cualquier tipo) dichas normas no sirven para nada.
La verdad es que el tema es grave. Es un incumplimento de la legislación. Y no se nota tensión en el sector.
Parece que sigue yendo para largo el asunto, recientemente he leído que se aplaza su aplicación de Enero de 2014 a Enero de 2016.
Si bien es cierto que mejor hacer las cosas bien y aplicar la directriz en su totalidad cuando el sector esté preparado, también por otra parte parece que nunca acaba de estar el sector preparado y las moratorias se suceden.
Rvaquerizo, ya hace tiempo de tu artículo y me preguntaba cuál sería tu opinión al respecto. ¿Cómo ves el panorama de Solvencia II? ¿Te atreverías a hacer algún pronóstico sobre su implantación real en España?
Que acabes de pasar un buen día y adelante con el blog que es muy útil para personas como yo,
Juan
Hola, la implantación REAL vendrá en unos 12 años. Me baso en las fechas que está dando la DGSFP y en la experiencia de otro marco regulador (te puedes imaginar cual es).
La verdad es que los productos a largo plazo están dando más problemas, de hecho no sé como quedará Decesos dentro de esta regulación.
Otro aspecto interesante sería saber si estará la legislación sobre Solvencia II antes o después del Baremo de daños. Da la sensación de que llevamos 2 años leyendo siempre las mismas noticias sobre el sector.